La viuda con seis hijos nunca podra admitir la pension por nunca quedar inscrita igual que pareja de hecho

La viuda con seis hijos nunca podra admitir la pension por nunca quedar inscrita igual que pareja de hecho

La empleo de la doctrina y los precedentes sobre la sala le hacen rehusar estas peticiones por no estar inscripcion registral.

La sala sobre lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha mantenido la resolucion de un magistratura de denegar la concesion sobre la pension de subsidio a la viuda con seis hijos porque nunca estaba inscrita como pareja de hecho en ningun registro especifico con el fallecido, con el que convivia desde 1964.

Sobre esta maneras, la sala rechaza desestima el medio de suplicacion interpuesto por la demandante contra la sentencia de el tribunal sobre lo social cantidad quince sobre Valencia que se habia pronunciado con anterioridad en el similar significado.

Esta sentencia se suma a diferentes 2 recientes sobre mayo sobre la misma sala, donde se explica que la uso de la doctrina jurisprudencial desplazandolo hacia el pelo los precedentes que obran en este caso, obligan a desestimar estas pretensiones al nunca estar inscripcion registral de la pareja sobre hecho constituida –la norma establece cuando menor dos anos de vida primeramente al hecho causante– y por tener esa inscripcion caracter constitutivo, de acuerdo con la ley que regula las uniones de hecho en la Comunitat.

En el principal sobre todos estos casos, la femina pidio el 14 sobre junio de 2011 pension sobre viudedad por la asesinato de su pareja, dos meses antes, que le fue denegada mediante resolucion sobre la domicilio provincial del Instituto Nacional sobre la conviccion Social, en septiembre sobre ese anualidad. En octubre presento peticion previa, que fue igualmente desestimada y no ha transpirado, con posterioridad, acudio a los tribunales.

En la sentencia consta que, segun certifico el concejo sobre Alaquas, el fallecido asi­ como la demandante estaban empadronados en la misma vivienda, igual que padres de seis hijos usuales en el ejemplar de parentela asi­ como ella figuraba en la cartilla de la proteccion Social cuya titularidad correspondia a el, que habia estado casado con otra humano, fallecida en 1980.

La recurrente alego 2 motivos en su texto y sostenia que, en este caso, la constitucion sobre la pareja sobre hecho se ha acreditado mediante el certificado de padron, certificado sobre convivencia y no ha transpirado cartilla sanitaria, por lo que se cumplian todos los requisitos necesarios con el fin de que pudiera conseguir la pension solicitada.

El primero fundamento era para modificar dos hechos declarados probados en la sentencia inaugural individuo Con El Fin De corregir el error al identificar el certificado que se menciona, porque nunca seri­a sobre registro sino sobre „convivencia“, firmado por el juez, quien certifico que la chica habia convivido con su companero desde octubre brilic de 1964 inclusive la dia, con dependencia economica de el, desplazandolo hacia el pelo otro para que se incluyera que la reclamante figura en la cartilla de concurrencia sanitaria sobre INSS de beneficiaria de las prestaciones igual que „pareja“ contiguo con las seis hijos.

No se discute la convivencia

La primera peticion, Conforme la sala, debe prosperar porque se desprende del documento en el que se apoya, pero en este caso „resulta intranscendente“ Con El Fin De cambiar el interes de el fallo dado que „no se discute la convivencia igual que pareja sobre hecho“ dentro de los dos sino „la constitucion sobre la pareja sobre hecho“ mediante la inscripcion en el pertinente registro o a traves de documento publico.

Sin embargo, en conexion con la segunda peticion, no puede prosperar por motivo de que lo unico que se desprende del documento podri­a ser la chica figura como beneficiaria en la cartilla y no ha transpirado las hijos, la anadido „reiterativa“.

En esta linea, senala la sala que la uso de la doctrina jurisprudencial a este caso obliga a denegar la peticion al no existir la inscripcion como pareja sobre hecho sobre la demandante y no ha transpirado el fallecido en alguien de los registros especificos que Hay en comunidades autonomas o ayuntamientos o la constancia de su constitucion en documento publico ya que los otros documentos no lo evidencian y separado muestran la convivencia como ‚more uxorio‘ o „union de hecho“.

En el exacto sentido se pronuncian las otras dos resoluciones, Una de ellas, permite relato an una mujer que reclamo la pension tras la homicidio sobre su marido, con el que convivia en Villena y no ha transpirado con el que tenia la hija en frecuente. Todos ellos constaba empadronados en la misma residencia y no ha transpirado el como titular sobre la cartilla tenia como estirpe a su cargo a la demandante desplazandolo hacia el pelo su hija.

En el segundo, es una pareja con 2 hijos en habitual, que convivieron desde 1976 hasta 2011, cuando el novio fallecio, empadronados en el exacto hogar asi­ como con testamento a favor sobre los hijos comunes, documento en el que el fallecido reconoce la alianza sobre hecho con la chica.

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